Secretaría de Turismo del G.D.F. |
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| MISIÓN Convertir a la Ciudad de México en una capital turística de calidad mundial, segura, saludable y hermosa que permita a sus habitantes, visitantes, turistas nacionales y extranjeros gozarla y vivirla. VISIÓN Ser la dependencia rectora de las políticas públicas de aplicación al Turismo en la Ciudad de México para contribuir al engrandecimiento de la economía citadina y con ello a la mejora de la calidad de vida de los habitantes, impulsando así la capacitación de quienes sirven a los visitantes para que en cada sitio, en cada rincón de la Ciudad, el visitante tenga un espacio parecido a su hogar, cómodo, hospitalario, tradicional y cálido pero sorprendente y enigmático. En suma, un organismo integrante del Gobierno del Distrito Federal al servicio de los turistas, la ciudadanía, los prestadores de servicios del sector y con una propuesta de resultados que deberá traducirse en la mejora de la calidad de vida de visitantes y habitantes. VALORES Los actos de gobierno y las políticas de la Secretaría de Turismo, están basados en los siguientes valores: • Legalidad: Conocer a plenitud la norma y llevar su cumplimiento a cabalidad. • Lealtad: Apego irrestricto de la Secretaría de Turismo, a los principios rectores del Gobierno de la Ciudad de México. • Responsabilidad: Asumir y resolver tareas institucionales, identifi-car fortalezas, debilidades y oportunidades en cada accionar gubernamental. • Transparencia: Actuación de gobierno honesta. • Creatividad: Innovación para el progreso de habitantes y visitantes de la Ciudad. • Calidad: Gobierno eficiente, eficaz y para servir. Según la Ley de Turismo del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de agosto de 2010, corresponde a la Secretaría de Turismo: I. Celebrar y suscribir convenios o acuerdos de coordinación, previa autorización del Jefe de Gobierno, con dependencias y entidades del Distrito Federal y del Gobierno Federal, así como convenios o acuerdos de concertación con organizaciones del sector privado, social y educativo; II. Impulsar el fortalecimiento de la competitividad turística del Distrito Federal; III. Participar en la elaboración de los Programas Delegacionales de Turismo a fin de garantizar su conformidad con el Programa; IV. Proporcionar orientación y asistencia a los turistas, directamente o a través de la Red de Módulos de Información Turística; V. Recibir quejas en contra de autoridades y prestadores de servicios turísticos, con la finalidad de implementar las medidas pertinentes para mejorar la calidad en la prestación de los servicios turísticos; VI. Operar, por sí o a través de terceros, la Red de Módulos de Información Turística del Distrito Federal, en las ubicaciones con mayor afluencia de turistas en el Distrito Federal; VII. Difundir información de atractivos turísticos, servicios y prestadores de servicios turísticos, a través de los medios de comunicación impresos, electrónicos, cibernéticos o cualquier otro; VIII. Informar y orientar a los prestadores de servicios turísticos en materia de normatividad, acceso a financiamientos y estímulos, participación en los programas y reconocimientos de la Secretaría; IX. Llevar a cabo la promoción turística del patrimonio turístico natural y cultural del Distrito Federal, en coordinación con las dependencias facultadas conforme a la Ley Orgánica de la Administración Publica del Distrito Federal; X. Asesorar a los prestadores de servicios turísticos en la constitución y organización de empresas y cooperativas turísticas, así como en la conformación e integración de cadenas productivas; XI. Recabar y solicitar datos estadísticos por cualquier medio a turistas, prestadores de servicios turísticos, autoridades o a cualquier persona u organización, a fin de obtener información que permita a la Secretaría proponer acciones y programas que mejoren la calidad de la infraestructura, el patrimonio y los servicios turísticos; XII. Apoyar la celebración de ferias y eventos promocionales de turismo, que se celebren anualmente en la Ciudad de México y cuya finalidad sea la de posicionar al destino en el ámbito turístico nacional e internacional; XIII. Diseñar, instrumentar, ejecutar y evaluar los programas de investigación para el desarrollo turístico local; XIV. Participar en programas de prevención y atención de emergencias y desastres, en los términos que marca la Ley de Protección Civil del Distrito Federal ; XV. El diseño, la estandarización y la supervisión de la colocación de la nomenclatura turística, de acuerdo a sus características correspondientes, señalados en el Reglamento; y XVI. Las demás que le atribuyan esta Ley, otras leyes, el Reglamento y demás disposiciones aplicables. |
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